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Laboral 27/04/2015
ABRIL 2015
1.- BONIFICACIÓN A TRABAJADORES INCLUIDOS EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE AUTÓNOMOS (RETA) POR CONCILIACIÓN DE LA VIDA PROFESIONAL Y FAMILIAR VINCULADA A LA CONTRATACIÓN.
(Artículo 9 del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social).
2.- SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA A LOS CONTRATOS EN PRÁCTICAS E INDEFINIDOS.
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Laboral 25/03/2015
MARZO 2015
NUEVA MEDIDA DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
(Artículo 8 del Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social).
1.- Reglas
a) Contratación a jornada completa
b) Contratación a tiempo parcial
2.- Duración
3.- Requisitos
4.- Exclusiones
5.- Prestaciones
6.- Compatibilidad
Aplicación indebida del beneficio
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Fiscal 01/03/2015
MARZO 2015
1. TERRITORIO COMÚN.
1.1 Modificaciones en IRPF, Impuesto sobre Sociedades. Prórroga del Impuesto sobre el Patrimonio. Modificación del valor catastral en el IBI. Interés legal (3,50%) e interés de demora (4,375%).
1.2 Facturación electrónica a las Administraciones Públicas.
1.3 Legalización de Libros de empresarios. Atención a los del ejercicio 2014.
1.4 Real Decreto-Ley 1/2015 sobre Segunda Oportunidad. Afecta al IRPF (deducciones familiares y a rentas obtenidas por el deudor en procedimientos concursales) y al IS (exención de presentar declaración)..
1.5 IMPORTANTE: Nuevo concepto de Grupo de Consolidación Fiscal.
1.6 ¡ATENCIÓN!. RECORDATORIO: Proceso de cálculo tipo de retención sobre rentas del trabajo.2. TERRITORIOS FORALES.
2.1 ÁLAVA:
2.1.1 Precios medios de venta de vehículos automóviles y embarcaciones.
2.2.2 IMPORTANTE: Nuevo concepto de Grupo de Consolidación fiscal.
2.2 GIPUZKOA:
2.2.1 Correcciones técnicas y novedades Impuesto sobre Sociedades.
2.2.2 Correcciones técnicas y novedades IRPF, TPO, ISD y Norma General Tributaria.
2.2.3 IMPORTANTE: Nuevo concepto de Grupo de Consolidación fiscal.
2.3 BIZKAIA:
2.3.1 Coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2015.
2.3.2 Actividades prioritarias para el ejercicio 2015.
2.3.3 Facturas electrónicas.
2.3.4 Modelo de comunicación de operaciones de fusión, escisión, aportaciones de activos, etc.
2.3.5 Inundaciones recientes: Medidas fiscales IBI e IAE.
2.3.6 IMPORTANTE: Nuevo concepto de Grupo Consolidación fiscal.3. CRITERIOS DE LOS TRIBUNALES Y DE LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS.
3.1 Sentencias y Resoluciones de los Tribunales. Síntesis.
3.2 Criterios de la Dirección General de Tributos y de las Haciendas Forales. Síntesis.4. CONVIENE RECORDAR.
4.1 Declaraciones anuales informativas. Modelos 720 y 513.
4.2 La exoneración por contabilización de la declaración informativa modelo 720.
4.3 La obligación de formalizar por escrito los contratos alimentarios.
4.4 El plazo de pago en operaciones comerciales de productos agroalimentarios.
4.5 La obligación de formalizar un contrato entre el Consejero Delegado y la sociedad.
4.6 Cuando es obligatoria la expedición de facturas en series específicas.
4.7 Que en Territorio Común se elimina la posibilidad de deducir pérdidas por deterioro.
4.8 Que no cabe deducir gastos de desplazamiento en el IRPF por visitar a un hijo.
4.9 Cuándo está exenta en el IRPF la capitalización de la prestación por desempleo.
4.10 Que es conveniente registrar las marcas o nombres comerciales.
4.11 Que el uso de tarjetas de crédito de empresas para gastos particulares constituye un delito.
4.12 Nuevo supuesto de inversión del sujeto pasivo en IVA a partir del mes de Abril. -
Laboral 24/02/2015
FEBRERO 2015
1.- EL TRIBUNAL SUPREMO SE PRONUNCIA POR PRIMERA VEZ SOBRE LA CUESTIÓN DE LA ULTRAACTIVIDAD DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS.
2.- MODIFICACIONES EN LOS CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE LAS SANCIONES POR INFRACCIONES POR FALTA DE INGRESO DE LAS CUOTAS.
3.- INTEGRACIÓN DE LOS REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES MUEBLES EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS (RETA).
4.- CRÉDITO PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL DE LOS TRABAJADORES.
5.- NORMAS CUYA ENTRADA EN VIGOR HA SIDO APLAZADA HASTA EL AÑO 2016.
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Laboral 21/01/2015
ENERO 2015
PRINCIPALES MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR LA LEY 36/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2015 (BOE 30.12.14)
1.- PENSIONES PÚBLICAS
a) Contributivas
b) No contributivas
c) Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI)
2.- RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
3.- RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS (RETA)
a) Base de cotización a elegir entre la mínima, 884,40 €/mes, y la máxima, 3.606 €/mes.
b) Base de cotización a elegir entre la mínima, 884,40 €/mes, y 1.945,80 €/mes.
c) Base de cotización a elegir entre 953,70 €/mes y 1945,80 €/mes.
4.- OTROS DATOS DE INTERÉS
a) Salario Mínimo interprofesional
b) Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)
c) IPC 2014
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Laboral 22/12/2014
DICIEMBRE 2014
1.- GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS
El empresario tiene obligación de abonar al trabajador, al menos, dos gratificaciones extraordinarias al año. El abono de una de ellas debe realizarse necesariamente con ocasión de las fiestas de Navidad y el de la otra en el momento que determine el Convenio Colectivo que, además, podrá establecer un número mayor de gratificaciones extraordinarias anuales.
2.- ULTRAACTIVIDAD DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS
El Tribunal Supremo se ha pronunciado por primera vez sobre la limitación de la vigencia de los Convenios Colectivos caducados, resolviendo que las condiciones pactadas en los mismos siguen vigentes, aunque estos hayan caducado y se haya agotado el año de prórroga permitido en la Ley. Considera que las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, desde el momento mismo de su constitución, tienen naturaleza jurídica contractual y, por ello, siguen siendo exigibles, aunque haya expirado la vigencia del Convenio Colectivo de referencia, pudiendo, en su caso, ser modificadas si concurren circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción.