El Consejo de Ministros da el primer visto bueno a la ley de familias que aumenta los permisos y las ayudas a los hogares
Los asalariados españoles dispondrán de un máximo de nueve días pagados al año para cuidar a sus familiares más directos o a las personas con las que conviven. Tendrán cinco días libres en el caso de accidente o enfermedad graves u hospitalización de sus más allegados y otras cuatro jornadas laborales más, cada ejercicio, que se podrán usar incluso por horas, para ausencias laborales por problemas familiares de fuerza mayor que requieran de una atención inmediata, como desplazamientos a urgencias o imprevistos de salud, aunque no sean de carácter grave. Son dos de las medidas que incluye el anteproyecto de ley de familias al que hoy dará su primer visto bueno el Consejo de Ministros, pero que ahora debe sortear su paso el Congreso y el Senado.
Mínimo de 5 días para cuidar a familiares enfermos
La ley crea un permiso remunerado de hasta cinco días al año para cuidar a familiares ante casos de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica ambulatoria que precisa de reposo del marido, hijos, padres, hermanos, nietos o de cualquier otro conviviente. Esta licencia se completa con otro permiso de hasta cuatro días anuales, que se puede coger por horas, para afrontar urgencias e imprevistos médicos del mismo colectivo de allegados, aunque no sean graves. Entran en este apartado desplazamientos a urgencias, fiebre de un hijo, acompañar al médico al marido, etcétera. Se mantienen los actuales dos días de permiso remunerados por fallecimiento de un familiar hasta segundo grado.
Ocho semanas en ocho años
Todos los progenitores dispondrán de hasta ocho semanas libres para la crianza de los hijos a utilizar antes de que los niños cumplan ocho años, aunque el permiso no estará retribuido. Lo pueden coger al completo tanto un progenitor como el otro, por días o por semanas, pero nunca uno solo de ellos sumado (16 semanas) porque es intransferible.
Avance del permiso de natalidad
El padre o la madre no gestante podrá anticipar los diez días previos al nacimiento de su hijo el comienzo del disfrute de las 16 semanas de libranza laboral pagada a que da derecho el permiso parental.
100 euros al mes para cada hijo menor de tres años
La ley realiza una extensión casi universal del cobro de la renta de crianza de 100 euros al mes a que tienen derecho las progenitoras con hijos de hasta tres años. Ahora solo lo cobran las madres trabajadoras o con derecho al Ingreso Mínimo Vital. La ley lo amplía también a las que hayan cobrado subsidios de paro en alguna ocasión o tengan cotizados al menos 30 días a la Seguridad Social desde el parto. Se quedan fuera las que no han trabajado nunca, pero se pagará el 100% de la prestación a las que tengan empleo temporal o a tiempo parcial.
Quince días por pareja de hecho
Las parejas de hecho que oficialicen su unión en el registro tendrán derecho a disfrutar de los mismos 15 días de permiso laboral remunerado que las personas que se casan. Se les garantizará también una pensión de viudedad, los cinco días para cuidados de familiares o cualquier otro beneficio o ayuda que tiene actualmente un matrimonio.
Nuevas familias numerosas
Amplía el concepto de familia numerosa que da derecho a recibir ayudas directas, beneficios fiscales, bonificaciones en el transporte o prioridad en el acceso a becas, vivienda o al bono social eléctrico. Incluirá, además de a las de tres o más hijos, a las monoparentales con dos hijos a cargo, las de cualquier clase con dos hijos que tengan un padre o un hijo discapacitados, los hogares con dos hijos encabezados por una víctima de violencia de género o por un progenitor con la guardia o custodia exclusiva de los hijos, pero que no se le haya asignado una pensión, y a las familias con dos hijos en las que un progenitor lleve en tratamiento hospitalario al menos un año o que haya ingresado en prisión.
Prohíbe el ‘pin parental’
La norma declarará prohibido que los padres o tutores de los menores de edad den órdenes a los centros educativos para excluir a sus hijos de cualquier clase, asignatura, acto informativo o actividad escolar que incluya contenidos sobre diversidad familiar, que informe sobre familias no casadas, LGTBI o de cualquier otro tipo distinto al matrimonio heterosexual.
Monoparentales y vulnerables
Las familias monoparentales, casi todas encabezadas por una mujer y la mitad de ellas en situación de pobreza o en alto riesgo de padecerla, tendrán prioridad para el acceso a otra serie de beneficios y ayudas de las administraciones, como por ejemplo a la asignación de plazas públicas de la primera etapa de Educación Infantil.
Atención temprana garantizada
La norma obligará a todas las administraciones a garantizar la atención temprana de todos los niños con trastornos del desarrollo, algo no asegurado hoy dependiendo de la comunidad autónoma en que se viva.
Ampliación de pensiones y subsidios
La norma amplía toda una serie de pensiones y subsidios a las familias diversas. El subsidio por nacimiento no contributivo se le pagará también a padres adoptantes y familias de acogida; la pensión de orfandad se pagará un año más, hasta los 26; y se ampliarán los permisos laborales de cuidados de menores con cáncer o con enfermedades graves hasta los 26 años en caso de discapacidad.
Nuevas causas de despido nulo
El Estatuto de los Trabajadores ampliará las causas de despido nulo a la rescisión del contrato laboral de cualquier empleado que en ese momento esté disfrutando del futuro permiso de cinco días para el cuidado de familiares enfermos o del también nuevo permiso para crianza de ocho semanas.
[El Correo, 14/12/2022]
Laboral
15 diciembre, 2022