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ABRIL – 2017 (4-Laboral)

1.- REGISTRO DE LA JORNADA DIARIA

El Tribunal Supremo ha establecido en su sentencia nº 246/2017, de 23 de marzo, que las empresas no están obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral y horarios pactados, sino solamente un registro de las horas extraordinarias realizadas.

2.- INCREMENTO DE LA BASE MÍNIMA DE COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

Previsiblemente, la actual base mínima de cotización de los trabajadores autónomos (893,10 euros), que estaba congelada desde el año 2016, se incremente en un 3 % a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (prevista para el mes de julio).