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ABRIL 2016

A.- CONTRATACIÓN DE FAMILIARES DEL EMPRESARIO INDIVIDUAL

A1.- Cuándo se consideran trabajadores por cuenta ajena

A2. Excepciones

B.- AYUDAS DEL GOBIERNO VASCO AL CONTRATO DE RELEVO (Resolución 14.04.2016 BOPV nº 71)

La contratación de un relevista se subvencionará con una cuantía de 6000 € (60% en el momento de estimarse la solicitud y 40% transcurrido un año desde la concesión, previa acreditación por parte de la empresa del mantenimiento de la plantilla fija existente y de la permanencia en la empresa del trabajador contratado), cuando las personas físicas o jurídicas realicen o hayan realizado contratos de relevo a partir del 1 de enero de 2016.

B1.- Condiciones

B2.- Principales obligaciones de la entidad Beneficiaria

B3.- Plazo de presentación de las solicitudes