1.- MUTUAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y TRABAJADORES AUTÓNOMOS
Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social son asociaciones privadas de empresarios sin ánimo de lucro creadas para colaborar en la gestión de algunas prestaciones de la Seguridad Social.
Están obligados a adherirse a una Mutua:
- Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, en función del nivel de protección que escojan o al que estén obligados:
- Incapacidad Temporal para contingencias comunes
- Contingencias profesionales
- Prestación por cese de actividad
- Riesgo durante el embarazo o la lactancia natural
- Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave
2.- PERMISO POR PATERNIDAD
Disposición Final Undécima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (Modificación de la Ley 9/2009, de 6 de octubre)