A.- CONTRATACIÓN DE FAMILIARES DEL EMPRESARIO INDIVIDUAL
A1.- Cuándo se consideran trabajadores por cuenta ajena
A2. Excepciones
B.- AYUDAS DEL GOBIERNO VASCO AL CONTRATO DE RELEVO (Resolución 14.04.2016 BOPV nº 71)
La contratación de un relevista se subvencionará con una cuantía de 6000 € (60% en el momento de estimarse la solicitud y 40% transcurrido un año desde la concesión, previa acreditación por parte de la empresa del mantenimiento de la plantilla fija existente y de la permanencia en la empresa del trabajador contratado), cuando las personas físicas o jurídicas realicen o hayan realizado contratos de relevo a partir del 1 de enero de 2016.
B1.- Condiciones
B2.- Principales obligaciones de la entidad Beneficiaria
B3.- Plazo de presentación de las solicitudes